Esta semana fue aprobado el proyecto de ley que reglamenta la cadena perpetua para los asesinos y violadores de niños, niñas y adolescentes. El proyecto contó con 67 votos a fs ir y 14 en contra. Aunque fue aprobado por el congreso, aún falta la sanción presidencial y que la Corte Constitucional se pronuncie sobre su exequibilidad para que pueda convertirse en una ley.
Sin embrago, el senador Miguel Ángel Pinto manifestó que la condena puede ser revisada a los 25 años. “Si al momento de la revisión algún juez considera que se debe modificar la prisión perpetua por temas de resocialización, tendrá que aplicar las penas establecidas que en ningún caso serán inferiores a 50 años, para el caso de los delitos simples, o 60 años, para el concurso de delitos punibles” explicó.
Además, esta ley no aplicará para todos los violadores y asesinos. Los menores de 18 años no podrán ser juzgados bajo esta ley. “Dejar en claro que los menores de 18 años no estarán incursos a la pena de prisión perpetua”, añadió el senador Pinto.
Es de aclarar que de ser aprobada y puesta en marcha, esta ley no aplicará para delitos cometidos antes de la aprobación de la misma. El Ministro de Justicia, Wilson Ruiz, explicó que “no tiene carácter retroactivo, por lo que no puede ser aplicado a conductas cometidas con anterioridad a la sanción de esta ley reglamentaria”.
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